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ÁREAS PROTEGIDAS

En la Constitución Política del Ecuador promulgada en el 2008, en el Art. 405, establece que el Sistema Nacional de Áreas Protegidas garantizará la conservación de la biodiversidad y el mantenimiento de las funciones ecológicas, y su rectoría y regulación será ejercida por el Estado, quien asignará los recursos económicos necesarios para la sostenibilidad financiera del sistema, y fomentará la participación de las comunidades, pueblos y nacionalidades que han habitado ancestralmente las áreas protegidas en su administración y gestión.

 

Región Costa

  • Reserva Cayapas-Mataje

  • Reserva Mache-Chindul

  • Parque N. Machalilla

  • Reserva Manglares Churete

 

Región Sierra

  • Reserva El Ángel

  • Reserva Cotacachi-Cayapas

  • Reserva Cayambe Coca

  • Reserva Antisana

  • P. N. Sumaco-Napo-Gal.

  • Reserva Pululahua

  • Refugio Pasochoa

  • P. N. Cotopaxi-El Boliche

  • Parque Nacional Ilinizas

  • Parque N. Llanganates

  • Parque Nacional Sangay

  • Res. Forestal Chimborazo

  • Parque Nacional Cajas

  • Parque N. Podocarpus

  • Bosque Petrificado Puyango

 

Región Amazónica

  • Reserva Forestal Cuyabeno

  • Reserva Bio. Limoncocha

  • Parque Nacional Yasuní

 

Región Insular

  • Parque N. Galápagos

  • Reserva Marina Galápagos

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